viernes, 9 de noviembre de 2007

2. Medidas para la integración

El Constitucional acaba de reconocer el derecho de la población extranjera, con permiso de residencia o sin él, a la libertad de sindicación, reunión y asociación.

El Constitucional revocó ayer (8/11/2007) tres artículos (el 7.1, 8 y 11.1) de la Ley de Extranjería del año 2000 (Ley 4/2000).

De esta manera se resuelve el recurso interpuesto por el Parlamento de Navarra contra dichos artículos.

También se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita cuando acrediten insuficiencia de recursos económicos y el derecho a la educación de naturaleza no obligatoria (hasta ahora sólo se reconocía el derecho a la educación obligatoria), en ambos casos, en iguales condiciones que la población española.

Con esta medida se garantiza el reconocimiento de derechos civiles básicos, esto es, los que defendería cualquier liberal y se conseguirá mejorar las oportunidades educativas y las de participación social y defensa de derechos laborales.

Otras entradas de la serie “Medidas para la integración con y de la población inmigrante”:

1. El voto en las elecciones municipales.